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Funciones Directora de Juventud

Funciones del Secretario según Decreto 061 de 2021.

  1. Dirigir y participar en la identificación, gestión e implementación de procesos y proyectos que contribuyan protección e igualdad de derechos de los grupos poblacionales y de aquella que requiere atención preferente, de acuerdo con la Constitución y las leyes, especialmente las de infancia, adolescencia, adultos mayores, juventud y adultez y población con discapacidad.
  2. Establecer en el marco institucional para garantizar a los jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos civil, político o personal, social y publico y el goce efectivo de sus derechos.
  3. Diseñar, elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos encaminados a la atención y empoderamiento de la población joven del municipio.
  4. Presentar al Consejo Municipal de Juventud, para su estudio y aprobación las estrategias, programas, proyectos y planes de trabajo para la movilización de recursos y lineamientos técnicos, con impacto en la población juvenil.
  5. Articular con la Oficina Asesora de Comunicaciones la ejecución de la estrategia de información, divulgación y difusión de acciones y decisiones de la Dirección Técnica de Juventud.
  6. Facilitar la participación de jóvenes en la planeación del desarrollo de su municipio en el desarrollo de acciones de política de inversión social destinada a garantizar los derechos de los jóvenes en el respectivo ámbito territorial.
  7. Ejecutar las políticas de consolidación y análisis de información sobre juventud a partir de la realidad del municipio para mantener actualizado el sistema Nacional de Juventud y facilitar la toma de decisiones.
  8. Generar oportunidades y capacidades en los jóvenes, a partir de la investigación y validación de modelos de participación para garantizar sus derechos y la oferta institucional desde los diferentes niveles del Estado.
  9. Diseñar, gestionar y ejecutar ofertas programáticas para los jóvenes del municipio por medio de alianzas o convenios con instituciones gubernamentales, no gubernamentales y la empresa privada.
  10. Ejecutar las acciones correspondientes a la política multisectorial para la atención de la primera infancia, infancia, adolescencia y juventud, en articulación con las demás dependencias de la Alcaldía Municipal.
  11. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los programas y sus acciones, en el marco del plan de desarrollo municipal.
  12. Integrar los comités que le correspondan y desempeñar las funciones de Secretaría Técnica  de los distintos comités relacionados con su competencia, designados por la ley o delegados por el alcalde, elaborando las citaciones, seguimiento, verificación y convocando al comité de acuerdo con los reglamentado para su funcionamiento.

Las demás que le sean asignadas por su jefe inmediato y estén acorde con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.

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